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Los menores de edad ya pueden asistir a salas de conciertos, desde hoy lunes 28, en Madrid

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Los menores de edad ya pueden asistir a salas de conciertos, desde hoy lunes 28, en Madrid

Por fin se hace oficial la noticia que se adelantó hace semanas. Los menores podrán entrar en salas de conciertos en la Comunidad de Madrid. Los menores de 16 años, podrán asistir a estos espectáculos en directo si están acompañados por sus padres o tutores.

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En este artículo podéis leer los detalles:

Los menores de edad podrán asistir desde este lunes a espectáculos y conciertos en directo, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de la ley que reforma las leyes de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y de Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos.

Según ha destacado el Gobierno regional, la nueva norma adapta la legislación vigente a la nueva política de integración del menor en las actividades culturales, en línea con lo establecido por el Parlamento Europeo y por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

La ley busca "el necesario equilibrio entre ese derecho a la libre elección (y, por ende, la posibilidad de acceder a las salas de fiestas, de baile, discotecas y establecimientos similares) y la obligación que tenemos como sociedad de asegurar su protección", según recoge el preámbulo de la norma.

Así, los menores de edad podrán acceder, en la Comunidad de Madrid, a los espectáculos en directo que se realicen en bares especiales, salas de fiesta, discotecas y establecimientos similares. Al finalizar la actuación, no podrán permanecer en el establecimiento. En el caso de los menores de 16 años, podrán asistir a estos espectáculos en directo si están acompañados por sus padres o tutores.

La ley recoge que la "autoridad administrativa competente podrá desarrollar, a nivel reglamentario, la forma en que los organizadores han de implementar los sistemas que garanticen que los menores no puedan consumir ni adquirir bebidas alcohólicas".

En cualquier caso, en estos espectáculos y actuaciones queda prohibida cualquier tipo de promoción o publicidad que incite, directa o indirectamente, a los menores al consumo de bebidas alcohólicas, lo que incluye regalos, bonificaciones o ventajas similares.

La norma también regula las conocidas como ‘sesiones light’ para menores de edad en discotecas, bares especiales, salas de fiesta y similares. Estos establecimientos podrán disponer de sesiones de este tipo para mayores de 14 años, siempre que cuenten con señalización y horarios diferenciados, y "sin que puedan tener continuidad ininterrumpida con aquellas sesiones en las que se produzca la venta de bebidas alcohólicas, retirándose de los locales, durante estas sesiones especiales, la exhibición y publicidad de este tipo de bebidas".

La reforma legal aprobada también recuerda de forma explícita que la participación de menores en espectáculos como artistas o intervinientes se regirá por la legislación laboral.

Fuente: Europa Press

 

 

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1 COMENTARIO

  1. «…los organizadores han de implementar los sistemas que garanticen que los menores no puedan consumir ni adquirir bebidas alcohólicas». Que no se preocupen, que con los precios de las bebidas durante los conciertos, está más garantizado. No puedo permitírmelo ni yo misma.

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